Denuncia ante UE por incumplimiento de Normativa de Seguridad Ferroviaria
La asociación de víctimas presentamos esta petición ante el Parlamento Europeo para denunciar al Estado Español por incumplimiento de las siguiente directivas:
- La Directiva 2004/49/CE de Seguridad Ferroviaria.
- El Reglamento CE nº 352/2009 relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo.
- La Directiva 2008/57/CE sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario.
1. La INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE, tal y como señala el informe de la Agencia Ferroviaria Europea, incumplió Directiva 2004/49/CE de seguridad ferroviaria:
- No fue independiente, ya que parte del equipo de investigación lo forman las empresas públicas implicadas en el accidente: RENFE, ADIF e INECO. Las mismas personas que desconectaron el sistema de seguridad porque generaba retrasos art 21.1
- No se informó ni se dio voz a las víctimas, tal y como señala el art 22.3
- La investigación, tal y como señala el informe de la ERA, no ahonda en las causas profundas/raíz que son precisamente las que afectan a las empresas públicas directamente implicadas en el accidente: RENFE, ADIF e INECO.
2. NO SE EVALUÓ NI CONTROLÓ EL RIESGO
El art.9 de la Directiva 2004/49 de seguridad ferroviaria obliga a realizar una evaluación de riesgos y aplicar medidas de control cuando haya cambios en las condiciones de funcionamiento o un nuevo material suponga nuevos riesgos en la infraestructura. En el caso de este accidente, la valoración y control de riesgos se tendría que haber llevado a cabo en tres ocasiones:
- Cuando se hizo un cambio del proyecto original y no se instaló el sistema de seguridad ERTMS en el punto más peligroso del trazado, tal y como si lo contemplaba el proyecto original. NO SE EVALUÓ NI CONTROLÓ EL RIESGO.
- Cuando el jefe de maquinistas advirtió por escrito del riesgo existente en la curva en diciembre de 2011, como así lo indica el informe de la ERA en su página. NO SE EVALUÓ NI CONTROLÓ EL RIESGO.
- Cuando se desconectó el sistema de seguridad, porque generaba retrasos. NO SE EVALUÓ NI CONTROLÓ EL RIESGO.
En estas tres ocasiones también se incumplió el Reglamento 352/2009 que establece los Métodos Comunes de Seguridad para la evaluación de riesgos Si se hubiera cumplido la normativa europea en vigor el accidente no habría ocurrido, evitando 80 muertes y más de 140 heridos.
3. Se declaró que era una LÍNEA INTEROPERABLE sin disponer del certificado CE, ni del sistema de seguridad ERTMS, uno de los requisitos esenciales, incumpliendo la Directiva 2008/57/CE.
4. No hay constancia de la homologación del TREN en su conjunto, ni del cumplimiento de las especificaciones técnicas de interoperabilidad (Art. 21 y siguientes de la Directiva 2008/57/CE, a las que debía ajustarse en su diseño, compatibilidad, seguridad y peso por eje, siendo posible, como indicó la ERA, que este hecho tuviese un papel importante en las consecuencias del accidente.
Por todo lo expuesto, consideramos que, como ciudadanos europeos, hemos sido víctimas de un gravísimo accidente ferroviario por INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EUROPEA EN MATERIA DE SEGURIDAD FERROVIARIA POR PARTE DEL ESTADO ESPAÑOL y consideramos que se han violado nuestros derechos más esenciales, como el derecho a la vida y a la seguridad. Necesitamos a Europa y que se abra una verdadera investigación independiente. Ustedes, señores europarlamentarios, pueden ayudar a que esto no vuelva a sucederles a otros ciudadanos europeos.